El anteproyecto de ley determina que, sin importar si el agente es público o privado, la intermediación tiene consideración de “carácter público”. Y todos ellos estarán obligados a garantizar una “intermediación laboral a trabajadores y empresarios, sin barreras territoriales”.
A la inversa, los usuarios de los servicios públicos de empleo tienen el derecho a acceder a trabajos en cualquier territorio en iguales condiciones y a recibir cualquier ayuda que otorguen los servicios públicos de esa comunidad autónoma.
El usuario deberá firmar con los servicios públicos de empleo un “acuerdo o compromiso” que le obliga a participar activamente en los servicios y actividades incluidas en el acuerdo, y “en su caso, la aceptación de una oferta de empleo adecuada”.
En este sentido, si transcurridos seis meses desde la inscripción en los servicios de empleo, los usuarios no han recibido una oferta de empleo adecuada, estos tendrán que remitirles “una justificación expresa y por escrito de los motivos”. Justificación que se repetirá cada seis meses. Además, los servicios públicos están sometidos por ley a garantizar al menos una oferta anual a cada desempleado.
2 respuestas
Se avanca en la transformación de las políticas de Empleo para adaptarlas a las necesidades de las personas trabajadoras, incidiendo en la atención individualizada y en la evaluación de resultados.
Se plantea la conversión del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) en agencia estatal
La Ley de empleo recoge nuevas figuras y novedades.
Gracias por comentar Rosario… muy interesante todo lo que viene, a ver cómo se plantea y se lleva a cabo. Estoy expectante!